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DERECHO A LA RENTA BÁSICA

La Renta Básica es un ingreso pagado por el estado a cada miembro de pleno derecho de la sociedad o residente, incluso si no quiere trabajar de forma remunerada, independientemente de cuáles puedan ser las otras posibles fuentes de renta, y sin importar con quién conviva. La Renta Básica es incondicional y universal. Al igual que el sufragio universal, se tendría derecho a ella por el sólo hecho de existir como ciudadano, independientemente del sexo o de la raza a los que se pertenezca o del nivel de ingresos que se tenga.

La Renta Básica de Ciudadanía se presenta con insistencia desde hace unos años como una de las respuestas más innovadoras y estimulantes a problemas como la creciente desigualdad social, la precariedad laboral y la pobreza.

Las transformaciones en las estructuras sociales y económicas de las sociedades occidentales avanzadas han afectado gravemente la gestión de las desigualdades por parte de los estados del bienestar y de las políticas sociales tradicionales. Esta situación ha hecho replantear la noción de ciudadanía desde la perspectiva de los derechos humanos y de la participación.

La reivindicación de una renta básica de ciudadanía es uno de los derechos emergentes más innovadores de la Declaración Universal de los Derechos Humanos Emergentes, que lo contempla del siguiente modo:

Título I. Derecho a la democracia igualitaria.

Artículo 1
Derecho a la existencia en condiciones de dignidad. Todos los seres humanos y las comunidades tienen derecho a vivir en condiciones de dignidad.

Este derecho humano fundamental comprende los siguientes derechos:

3. El derecho a la renta básica o ingreso ciudadano universal, que asegura a toda persona, con independencia de su edad, sexo, orientación sexual, estado civil o condición laboral, el derecho a vivir en condiciones materiales de dignidad. A tal fin, se reconoce el derecho a un ingreso monetario periódico incondicional sufragado con reformas fiscales y a cargo de los presupuestos del Estado, como derecho de ciudadanía, a cada miembro residente de la sociedad, independientemente de sus otras fuentes de renta, que sea adecuado para permitirle cubrir sus necesidades básicas.


 

DOCUMENTACIÓN Y ENLACES

Programa del "VII Simposio de la Renta Básica: Un derecho humano emergente (22 y 23 de noviembre de 2007)

Más información del "VII Simposio de la Renta Básica: Un derecho humano emergente (22 y 23 de noviembre de 2007)

Programa del Seminario Carta de Derechos Humanos Emergentes: "Hacia una renta básica de ciudadanía" (20-24 de noviembre de 2006)

Programa del Seminario "Carta de Derechos Humanos Emergentes: Por una renta básica de ciudadanía" (2-17 de noviembre de 2005) (PDF)

Publicación:

1. Naturaleza y alcance de los derechos humanos emergentes

I. La Carta de Derechos Humanos Emergentes: una respuesta de la sociedad civil a los retos del siglo XXI
- El sistema normativo de los Derechos Humanos,un reflejo del sistema internacional
- Nuevos retos, nuevas necesidades
- La Carta de Derechos Humanos Emergentes: un reto a la globalización
- Conclusiones
II. Derechos Humanos Emergentes: el derecho a vivir con dignidad. Renta Básica, Estados del Bienestar e Inmigración
- Una definición de Renta Básica
- ¿A qué problemas da respuesta la Renta Básica?
- La Renta Básica también para inmigrantes
- La desterritorialización del ser humano
- Migración y derechos humanos

Descargar en PDF

 
 
El derecho al agua y al saneamiento

El derecho humano al medio ambiente

Los derechos relativos a la orientación sexual y a la identidad de género


Los derechos relacionados con la bioética


El derecho a la renta básica



Declaración Universal de Derechos Humanos Emergentes

Dia Mundial de les persones refugiades


INCIDENCIA PÚBLICA. Nueva línea de trabajo


 


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