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- Políticas públicas de derechos humanos
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España ha ratificado los principales tratados internacionales de protección de los derechos humanos en el ámbito de Naciones Unidas. Debido a este compromiso, debe informar periódicamente a los Comités de cada uno de estos tratados la manera en que hace efectivos los derechos humanos. Debe cumplir además con todas las observaciones hechas por los Relatores Especiales y las recomendaciones hechas durante el Examen Periódico Universal.
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Tratados ratificados por España
Tratados internacionales que reconocen derechos y establecen obligaciones para los Estados parte. Cada Tratado cuenta con un órgano de vigilancia, que vela por su cumplimiento, llamado Comité. Los Estados parte deben presentarle informes periódicos sobre la situación de los derechos humanos en el país. Algunos Comités admiten la posibilidad de recibir denuncias sobre violaciones del Tratado.
A continuación se enumeran los principales tratados de derechos humanos, con el enlace a sus Comités y la fecha en que España deberá presentar su próximo informe.
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Jueves, 17 de marzo de 2011
LA ONU CRITICA A ESPAÑA POR LA SITUACIÓN DE LOS CIE
Noticia extraída de Migreurop España
Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de Naciones Unidas.
Punto 13: “Preocupan al Comité la situación de los migrantes en condición irregular que tras haber permanecido los 60 días que indica la ley en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE), son puestos en libertad con un proceso de expulsión pendiente, situación que los hace más vulnerables a ser víctimas de abusos y discriminaciones. También preocupan al Comité informaciones recibidas según las cuales los CIE no cuentan con una reglamentación que regule su funcionamiento y esto permite que las condiciones de vida, el acceso a información, asistencia legal y atención médica, así como el acceso de las organizaciones no gubernamentales para asistir a los internos a dichos centros, varíen de un CIE a otro (arts. 2, 5 y 6).
Esta es una de las principales recomendaciones del documento publicado por el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de la ONU (CERD) en el marco del examen realizado sobre España entre el 14 de febrero y el 11 de marzo, y en el que se analizaron informes presentados por el Gobierno, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, SOS Racismo, Secretariado Gitano y Amnistía Internacional.
Migreurop, al tiempo que insiste en que la existencia de los CIEs supone una vulneración de derechos fundamentales de las personas en ellos encerradas, insta, una vez más, al gobierno español a que regule el funcionamiento de los mismos garantizando todos los derechos que, a excepción del de la libertad de movimiento, siguen detentando, por ley, dichas personas. Entre esos derechos ha de garantizarse el libre acceso de las organizaciones sociales de modo que puedan ejercer una labor de fiscalización del funcionamiento de los mismos.
De igual manera, Migreurop reclama que las personas puestas en libertad tras su paso por el CIEs acaben siendo documentadas para evitar, como indica el organismo de la ONU , su exposición a abusos y discriminaciones.
La Recomendación del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de Naciones Unidas es una muestra más de la justeza de las reivindicaciones que Migreurop viene impulsando desde su creación.
Forman la red española de Migreurop: Abedie, ACSUR-Las Segovias, Andalucía Acoge, APDHA, CEAR, SOS Racismo.
MÁS INFORMACIÓN
Migreurop
Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial
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Viernes, 15 de marzo de 2011
LA ONU PIDE A ESPAÑA QUE "ERRADIQUE" LAS REDADAS POLICIALES CONTRA INMIGRANTES Y LOS CONTROLES INDISCRIMINADOS
Noticia extraída de Europa Press
El Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial ha emitido un informe en el que insta a España a "tomar medidas efectivas para erradicar la práctica de controles de identificación basados en perfiles étnicos y raciales" que, "en la práctica, se pueden traducir en detenciones indiscriminadas" de extranjeros.
Esta es una de las principales recomendaciones del documento publicado por Naciones Unidas en el marco del examen realizado sobre España durante el 78º período de sesiones, que se desarrolló entre el 14 de febrero y el 11 de marzo, y en el que se analizaron informes presentados por el Gobierno, Amnistía Internacional, SOS Racismo, Secretariado Gitano y la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR).
Tras analizar la documentación, el Comité pide a España que revise la Circular policial 1/2010 en la que se consignaban cupos de detención de inmigrantes, así como reforme los aspectos de la legislación en materia de extranjería "que dan lugar a interpretaciones que en la práctica se pueden traducir en la detención indiscriminada y en la restricción de los derechos de los ciudadanos extranjeros".
Además, el Comité pide al Gobierno que "revise" la Ley de Extranjería porque las disposiciones relativas a extranjeras de víctimas de violencia de género "son discriminatorias" contra las mujeres que padecen malos tratos y están en situación irregular.
Según el documento, la Ley "puede disuadir a las mujeres extranjeras, en situación irregular, a presentar denuncias por violencia de género por miedo a ser expulsadas del territorio del Estado parte en caso de que los tribunales no dicten una sentencia condenatoria contra el acusado".
El Comité también expresa su "preocupación" por las personas que tras cumplir 60 días encerradas en Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) son puestos en libertad con un proceso de expulsión pendiente, lo que les hace "más vulnerables a ser víctimas de abusos y discriminaciones".
En esta línea, solicitan al Gobierno que adopte "las medidas necesarias para garantizar la protección de sus derechos básicos, la protección judicial y el acceso a un recurso efectivo, incluida la posibilidad de recurrir su orden de expulsión".
Por último, piden al Ejecutivo que elabore el reglamento de los CIE con la finalidad de uniformar su funcionamiento y así garantizar condiciones de vida, acceso a información, asistencia legal y atención médica adecuadas para los internos, así como el acceso de las organizaciones no gubernamentales de asistencia a dichos centros.
La violencia de género, las detenciones indiscriminadas y la violencia de género son, junto a la falta de estadísticas, las cuestiones sobre las que la ONU pide a España un mayor esfuerzo. En concreto, "reitera" su petición al Gobierno de facilitar datos "sobre la composición étnica y racial de su población" y solicita que elabore un censo incluyendo estos criterios, porque es "fundamental" para "monitorear" la discriminación.
Sobre este asunto, el Comité expresa su "preocupación" porque "no existen cifras oficiales" sobre incidentes racistas y xenófobos, ni sobre el número de denuncias presentadas o las medidas judiciales que han acarreado. Para la ONU , tener "escaso número de denuncias" no debe considerarse "necesariamente positivo, ya que puede ser un indicador, entre otros, del temor de las víctimas" o de su "falta de confianza en los órganos policiales y judiciales".
Preocupación por las "escuelas gueto"
Otro de los aspectos que preocupa a la ONU son las aulas de niños migrantes y gitanos que algunas comunidades autónomas han puesto en marcha para atender a este alumnado y que el Comité denomina 'escuelas gueto'. Además, recuerda que la Ley Orgánica de Educación (LOE) prevé mecanismos que posibilitan una "adecuada y equilibrada" distribución de los estudiantes.
Por este motivo, recomienda al Estado español que revise los criterios y métodos del proceso de admisión a las escuelas públicas y privadas y tome medidas para garantizar una "efectiva" distribución equilibrada de los alumnos en los centros escolares. Asimismo, le pide que le proporcione datos estadísticos desagregados sobre el número de niños migrantes, gitanos y españoles inscritos en las escuelas en su próximo informe periódico.
Menores no acompañados
Si bien acoge con "satisfacción" los acuerdos sobre asistencia y repatriación a menores no acompañados que España ha firmado con Rumania y Senegal, también manifiesta "preocupación" por la realización de pruebas radiológicas para determinar mediante una valoración ósea la edad de los menores no acompañados en territorio español. Según alerta, el "amplio" margen de error del sistema utilizado "puede dejar a algunos menores desprovistos de las protecciones que les corresponden".
Así, insta al Estado español a que "revise" diferentes métodos de determinación de edad e "invierta" en la puesta en marcha de "pruebas fiables, actualizadas y que no sean dañinas para la integridad física de los menores".
MÁS INFORMACIÓN
Informe sombra al del Estado Español, elaborado por SOS Racismo Madrid, Secretariado Gitano y Comisión Española de Ayuda al Refugiado
Informe Amnistía Internacional
Informe Fundación Secretariado Gitano
Observaciones Finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial
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Miércoles, 2 de febrero de 2011
ESPAÑA RECONOCE LA COMPETENCIA DEL COMITÉ CONTRA LAS DESAPARICIONES FORZADAS
El reconocimiento de esta competencia permitirá a las víctimas o sus representantes presentar su caso ante un Comité de expertos independientes, que estudiará y evaluará si se ha cometido una violación de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.
Esta Convención, adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de diciembre de 2006, entró en vigor el 23 de diciembre de 2010 y es el resultado final de un largo proceso iniciado en 1980, en el seno de la antigua Comisión de Derechos Humanos. La Convención busca prevenir las desapariciones forzadas y luchar contra la impunidad en los casos en que éstas se producen, además de reconocer el derecho de las víctimas a la justicia y la reparación; a conocer la verdad sobre lo ocurrido a sus seres queridos.
Se entiende por "desaparición forzada" el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.
La Convención establece que los Estados que la han ratificado, pueden reconocer la competencia del Comité “para recibir y examinar las comunicaciones presentadas por personas que se encuentren bajo su jurisdicción o en nombre de ellas, que alegaren ser víctima de violaciones por este Estado Parte de las disposiciones de la presente Convención” (artículo 31.1). Esto permitirá a las víctimas o sus representantes presentar su caso ante un Comité de expertos independientes, que estudiará y evaluará si se ha cometido una violación de esta Convención. España ha hecho este reconocimiento el día 5 de enero de 2011.
Con este reconocimiento, España ha dado cumplimiento a una de las recomendaciones recibidas durante el Examen Periódico Universal que tuvo lugar en el Consejo de Derechos Humanos el mes de abril de 2010.
Si bien constituye un paso hacia adelante en el camino de la protección de los derechos humanos de cara al futuro, no puede pasarse por alto que en el ámbito interno, España aún no ha dado respuesta a los crímenes del franquismo y al pedido de verdad, justicia y reparación de los familiares de sus miles de víctimas, entre los que se cuentan muchos casos de desapariciones forzadas. Se trata de crímenes de lesa humanidad, que constituyen delitos permanentes y que lamentablemente, hasta la fecha, permanecen sin resolver. No está de más recordar que el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en 2008, realizó a España las siguientes recomendaciones: “El Estado parte debe: a) considerar la derogación de la Ley de Amnistía de 1977; b) tomar las medidas legislativas necesarias para garantizar el reconocimiento de la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad por los tribunales nacionales; c) prever la creación de una comisión de expertos independientes encargada de restablecer la verdad histórica sobre las violaciones de los derechos humanos cometidas durante la guerra civil y la dictadura, y d) permitir que las familias identifiquen y exhumen los cuerpos de las víctimas y, en su caso, indemnizarlas”.
MÁS INFORMACIÓN
Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas
Declaración de España donde reconoce la competencia del Comité
Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos a España (2008)
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Miércoles, 3 de noviembre de 2010
ESPAÑA, ANTE EL COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO DE LA ONU
El pasado 15 de septiembre España fue examinada sobre la situación de los derechos humanos de los menores, ante el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas.
El Comité de los Derechos del Niño, formado por un grupo de expertos independientes, es quien vela por la aplicación de la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas y es a quien los Estados deben informar sobre la manera en que estos derechos se hacen efectivos en sus territorios. Para ello, los 193 Estados que han ratificado este tratado deben presentar periódicamente informes que son examinados por los miembros del Comité. A partir de este examen, el Comité realiza una serie de recomendaciones, llamadas Observaciones Finales, donde se recogen todos los motivos de preocupación y sugerencias para la mejor implementación de la Convención.
El 15 de septiembre fueron examinados los Informes Periódicos 3 y 4 presentados por España. También se analizó la información aportada por varias ONG agrupadas en la Plataforma de Organizaciones de Infancia, quienes presentaron un informe complementario. A partir de este examen, el Comité de los Derechos del Niño elaboró sus Observaciones Finales.
En este documento final se valoran ciertos aspectos positivos, como la implementación del primer Plan Estratégico de Infancia y Adolescencia (2006-2009), o la última reforma del Código Penal, que amplía el ámbito del delito de utilización de niños en la pornografía y que tipifica como delito el acoso sexual cibernético. Pero también se destacan varios motivos de preocupación.
Considerando la grave crisis económica que afecta al Estado, con una tasa de desempleo de mas del 20 % y con un 25 % de niños que viven en la pobreza o en peligro de sumirse en ella, preocupa al Comité la falta de información acerca de las partidas presupuestarias asignadas a la infancia tanto a nivel estatal como autonómico. También le preocupa la situación de los niños de familias afectadas por la crisis económica, que necesitan medidas sociales afirmativas, en particular familias de origen extranjero y monoparentales. Por ello, recomienda a España que “refuerce el sistema de prestaciones familiares y por hijo para apoyar a los padres y los niños en general y que preste apoyo adicional a las familias monoparentales, las que tienen muchos hijos y aquellas cuyos padres están desempleados”.
En este informe recibe una especial atención del Comité la situación de los menores extranjeros no acompañados. Se trata de niños y niñas con menos de 18 años que llegan a España sin sus familias y que en muchos casos son tratados como extranjeros y no como menores. En concreto, preocupa al Comité las repatriaciones de estos menores en los siguientes aspectos. Por un lado, los métodos utilizados para determinar la edad de los niños no acompañados, que varían de una comunidad autónoma a otra. Por otro lado, en cuanto a los procesos de repatriación forzada, los malos tratos infligidos por la policía, el uso de procedimientos que no reúnen las mínimas garantías necesarias (como el acceso a un abogado, servicios de interpretación, el examen del interés superior del niño y el respeto de su derecho a ser oído) o la entrega de estos niños no acompañados (en particular marroquíes) a las autoridades fronterizas y no a los servicios sociales del país de origen, lo que puede dar lugar a nuevos malos tratos y la privación de la libertad por parte de las fuerzas de seguridad y las autoridades fronterizas. El Comité señala que las autoridades españolas no cumplen con su obligación de proporcionar a los niños no acompañados la autorización de residencia temporal a la que tienen derecho por ley, a causa de los retrasos en su solicitud por el Ministerio de Sanidad y Política Social. Finalmente, destaca las deficientes condiciones de alojamiento y las situaciones de descuido en los centros de emergencia situados en las Islas Canarias y especialmente en Ceuta. Por todo ello, el Comité recomienda a España que “a) Adopte todas las medidas necesarias para evitar los procedimientos irregulares en la expulsión de niños no acompañados; b) Establezca centros de acogida apropiados para los niños; c) Se coordine con los gobiernos de los países de origen, especialmente el de Marruecos, para que los niños repatriados sean devueltos a familiares dispuestos a cuidar de ellos o a un organismo de asistencia social adecuado; d) Elabore un protocolo uniforme para la determinación de la edad; e) Garantice que, una vez hecha la identificación, se analicen las circunstancias de cada niño no acompañado, teniendo en cuenta el interés superior del niño y su derecho a ser oído; f) Proporcione a los niños no acompañados información sobre los derechos que los asisten en virtud de la legislación española y del derecho internacional, incluido el derecho a solicitar asilo; g) Vele por una adecuada coordinación territorial entre el Gobierno central y las administraciones autonómicas y locales, así como con las fuerzas de seguridad; h) Mejore las condiciones en los centros de emergencia de las Islas Canarias y los enclaves españoles; i) Proporcione capacitación sobre el asilo y las necesidades específicas de los niños al personal que trate con niños no acompañados, como los funcionarios encargados de las solicitudes de asilo y la policía y los funcionarios de fronteras, que pueden ser los primeros en entrar en contacto con los niños que necesitan protección”.
Otro motivo de preocupación del Comité es el de los menores con trastornos de conducta internados en centros financiados por administraciones públicas. En muchos casos, los menores entran en estos centros sin orden judicial -a pesar de que en muchos casos son privados de la libertad- y sólo con la autorización de sus padres, que no pueden hacerse cargo de ellos. El Comité señala que España falla en los criterios y procedimientos para el ingreso de los niños y niñas en estos centros por lo que pide que, además de desarrollar una normativa, los niños sólo puedan ser ingresados con la autorización de un juez y tras haber respetado su derecho a ser oído.
Este informe vuelve a dejar en evidencia las asignaturas pendientes en cuanto a la situación de la infancia en España. Una vez más hay que señalar que, tal como establece la Convención sobre los Derechos del Niño, el “interés superior del menor” es el principio que debe guiar todas las políticas de Estado relativas a la infancia, tanto nacional como extranjera. Esperamos que todas estas observaciones sean recogidas y que en el próximo informe, que deberá presentarse antes del 1º de octubre de 2015, podamos constatar que las autoridades han dado los pasos necesarios para mejorar la situación de la infancia en España.
MÁS INFORMACIÓN
Informe de España
Observaciones Finales del Comité de los Derechos del Niño
Informe de la Plataforma de Organizaciones de Infancia de España
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Viernes, 20 de noviembre de 2009
OBSERVACIONES FINALES DEL COMITÉ CONTRA LA TORTURA AL INFORME PRESENTADOS POR ESPAÑA SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA
El Comité contra la Tortura, órgano formado por expertos independientes, ha hecho públicas sus recomendaciones y conclusiones sobre el grado de cumplimiento y aplicación en España de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, vigente en España desde 1987. El documento recomienda la adopción de una serie de medidas para mejorar la prevención de la tortura en España y felicita otras adoptadas con este fin.
El Comité recoge recomendaciones, entre otros asuntos, sobre el régimen de incomunicación, el mecanismo nacional de prevención de tortura, la trata de personas, la violencia contra la mujer, la violencia por motivos raciales, las condiciones de detención o la recogida de estadísticas oficiales sobre tortura y malos tratos.
El gobierno español está obligado a presentar un informe cada cinco años ante el Comité, en el que se detalla la implementación de las disposiciones de la Convención en el Estado español. El informe fue examinado por el Comité durante los días 12 y 13 de noviembre en Ginebra. Para el examen y la elaboración de las conclusiones el Comité recibe también informes desde la sociedad civil que complementan la información facilitada por el gobierno. La Coordinadora para la Prevención de la Tortura, de la que forma parte el IDHC, presentó un informe que se puede leer aquí.
MÁS INFORMACIÓN
Observaciones finales del Comité Contra la Tortura, al examen del informa presentado en España.
Comité Contra la Tortura
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
43 periodo de sesiones del CCT, en el que se examinó el informe español (con toda la documentación analizada por le Comité)
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Lunes, 3 de noviembre de 20080
LA COORDINADORA PARA LA PREVENCIÓN DE LA TORTURA (CPT) INSTA AL GOBIERNO A CUMPLIR CON LAS RECOMENDACIONES DEL INFORME EMITIDO POR EL COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS DE LA ONU EN RELACIÓN AL ESTADO ESPAÑOL
Este informe alerta del incumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos e insta al Gobierno español a tomar medidas concretas. En relación con el fenómeno de la tortura y los malos tratos, el Comité detecta varios puntos problemáticos, entre otros, la no aplicación de una estrategia global contra esta lacra y la no adopción de un mecanismo nacional de prevención de la tortura; la persistencia de la detención incomunicada; la no grabación de todos los interrogatorios en comisarías y lugares de detención; así como también la excesiva duración de la prisión provisional.
Los días 20 y 21 de octubre, el Comité de Derechos Humanos examinó el quinto informe periódico del Estado Español. Este Comité esta formado por 14 expertos de reconocido prestigio de todo el mundo y es el órgano de control del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la O.N.U. en 1966 y ratificado por España en 1977. Cada 6 años, los Estados parte deben someterse a esta evaluación; el gobierno español ha tardado 12 anos en presentar un informe desde su ultima comparecencia.
La CPT ha hecho un seguimiento activo de este proceso de evaluación al Estado español, remitiendo varios informes al Comité y estando presente en las sesiones celebradas en Ginebra.
MÁS INFORMACIÓN
Informe completo
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Viernes, 31 de octubre de 2008
PROYECTO DE OBSERVACIONES FINALES DEL COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS SOBRE ESPAÑA
El Comité de Derechos Humanos examinó el quinto informe periódico de España los días 20 y 21 de octubre de 2008 y, sobre éste aprobó las siguientes observaciones finales.
MÁS INFORMACIÓN
Proyecto de observaciones finales del Comité de Derechos Humanos
Más información sobre el examen
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Martes, 22 de octubre de 2008
COMPARECENCIA DEL ESTADO ESPAÑOL ANTE EL COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS DE NACIONES UNIDAS
Nota de prensa de la Coordinadora para la Prevención de la Tortura
Los pasados días 20 y 21 de octubre, el Gobierno español compareció ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, dentro del 94 periodo de sesiones y en relación al 5º informe periódico, que comenzó el 13 de octubre.
El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas es el órgano de control del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966, y que tiene como tarea la de comprobar si los Estados parte del Pacto están cumpliendo con sus disposiciones, (el reconocimiento y garantía de los derechos de la persona en su faceta individual –integridad física- y de acción política) que se comprometieron a respetar. Para ello, y entre otras tareas, dicho Comité debe analizar los informes que, cada seis años, han de presentar los Estados parte del Pacto sobre las disposiciones que hayan adoptado y que hagan efectivos a los derechos reconocidos en dicho Pacto.
En este sentido hay que recordar que el Estado español ratificó el pacto en 1977 y desde entonces, y hasta 1996, presentó 4 informes periódicos. En 2002, el Estado español incumplió su obligación de comparecer ante el Comité de Derechos Humanos, y no ha sido hasta 2008 que ha presentado el 5º informe, con un retraso de 12 años. Además, como expresaron los expertos del Comité, en este tiempo los Gobiernos españoles no han cumplido con algunas de las recomendaciones realizadas en el último informe, ni en posteriores informes de diversas instancias internacionales (como el CAT, la Comisión de DDHH del Consejo de Europa o el Relator espacial contra la Tortura), lo que pone de manifiesto el problema de la pervivencia de la tortura y otras violaciones del Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Este 5º informe periódico del Estado español ha generado un gran interés por parte de las organizaciones de Derechos Humanos, nacionales e internacionales, que han remitido informes al Comité para su examen: AEDIDH, ALA y APDHE, Amnesty International, CAMHA, Conscience & Peace Tax International, ICJ, Democracy Reporting International, ACAT-FIACAT, Human Rights Watch, APDHA, Basque Observatory of Human Rights – Behatokia-, International Commission of Jurists, además de la Coordinadora para la Prevención de la Tortura.
MÁS INFORMACIÓN
Nota de prensa completa
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