La Comisión Interamericana de Derechos Humanos es un órgano autónomo de la OEA, integrado por siete personas independientes, expertas en derechos humanos y que no representan a ningún país. Su función principal consiste en la promoción y defensa de los derechos humanos y en servir como órgano consultivo a la OEA.
La Comisión celebra, como mínimo, dos períodos de sesiones ordinarios al año y los períodos de sesiones extraordinarios que considere oportunos.
Las competencias atribuidas a la Comisión varían en función de si el Estado es o no parte en la CADH
Estimular la conciencia de los derechos humanos;
Formular recomendaciones para que los Estados adopten medidas progresivas en favor de los derechos humanos;
Solicitar a los Estados que proporcionen informes sobre las medidas que adopten en materia de derechos humanos;
Atender consultas planteadas por cualquier Estado miembro sobre cuestiones relacionadas con los derechos humanos en ese Estado;
Rendir un Informe Anual a la Asamblea General de la OEA;
Realizar visitas presenciales a los Estados miembro de la OEA con el objetivo de observar los estándares nacionales de protección de los derechos humanos.
La Comisión tiene encomendadas, además de las anteriores, las siguientes funciones:
Tramitar peticiones sobre supuestas vulneraciones de los derechos humanos recogidos en la Convención cometidas en algún Estado parte;
Comparecer ante la Corte IDH en los casos expresamente previstos en la CADH;
Solicitar a la Corte la adopción de medidas provisionales en casos de extrema gravedad y urgencia;
Consultar a la Corte acerca de la interpretación que debe darse a las disposiciones contenidas en la CADH, tanto por lo que se refiere a su contenido como a su alcance;
Proponer proyectos de protocolos adicionales y propuestas de enmienda a la CADH.