Los mecanismos extraconvencionales o no convencionales son aquellos mecanismos de protección de los derechos humanos que no han sido creados en virtud de tratados internacionales, sino mediante resoluciones adoptadas por los órganos de Naciones Unidas con competencia en la materia.
Son tres los mecanismos extraconvencionales que existen: los procedimientos especiales, el procedimiento de denuncia y el Examen Periódico Universal.
Son aquellos órganos que el Consejo de Derechos Humanos -integrado por 47 Estados miembros de ONU- crea con el mandato de promover los derechos humanos en relación a cuestiones o temas concretos de derechos a escala mundial (mandatos temáticos), o para examinar la situación en determinados países o territorios (mandatos geográficos). Los Estados tienen la obligación genérica de cooperar con estos órganos, que cuentan con el apoyo logístico de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH).
El mandato puede recaer sobre una persona (que recibe nombres diversos, como por ejemplo relator especial, representante especial del Secretario General o experto independiente) o sobre un grupo de personas (grupos de trabajo).
Estos procedimientos especiales son de suma importancia ya que permiten controlar el respeto de los derechos humanos por cualquier Estado, aunque no sea parte de tratados internacionales en la materia. Además, no imponen requisitos de admisibilidad rigurosos para recibir las quejas que le puedan enviar las víctimas de violaciones o quienes conozcan tales violaciones.
Los titulares de mandatos pueden cumplir su cometido a través de tres institutos:
El procedimiento de denuncia es confidencial, y su objeto es el de abordar cuadros persistentes de violaciones manifiestas y fehacientemente probadas de todos los derechos humanos y de todas las libertades fundamentales que se produzcan en cualquier parte del mundo (no sólo en Estados miembros de la ONU) y en cualquier circunstancia.
Las denuncias pueden ser presentadas por una persona o un grupo de personas que afirmen ser víctimas de violaciones de derechos humanos y libertades fundamentales, o que tengan conocimiento directo y fidedigno de esas violaciones.
La ventaja de este procedimiento es que permite presentar denuncias respecto de violaciones de derechos humanos en cualquier lugar del mundo. Sin embargo, aparte de no servir para abordar denuncias individuales ya que sólo se ocupa de cuadros de violaciones de derechos humanos, es un procedimiento lento y politizado (puesto que las denuncias son tratadas por órganos formados por los mismos Estados).
Se trata de un mecanismo mediante el cual el Consejo revisa periódicamente el cumplimiento de las obligaciones en materia de derechos humanos de todos los Estados miembros de Naciones Unidas, conforme los principios de universalidad e igualdad de trato.
El resultado del Examen Periódico Universal se traduce en un informe en el que consten las actuaciones del proceso de examen, las conclusiones y/o las recomendaciones.