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Incidencia | Martes, 11 de octubre de 2011

Comunicado de condena a la intervención policial que tuvo lugar el 6 de octubre de 2011 en la Ciudad de la Justicia

Comissió de Defensa dels Drets de la Persona del Col·legi d’Advocats de Barcelona i l’Associació Catalana per a la Defensa dels Drets Humans (ACDDH)


La Comisión de Defensa de los Derechos de la Persona del Colegio de Abogados de Barcelona, ​​junto con la Asociación Catalana para la Defensa de los Derechos Humanos (ACDDH) queremos expresar nuestro rechazo e indignación por la intervención policial que tuvo lugar en la Ciudad de la Justicia el pasado día 6 de octubre de 2011.

Ese día varias personas, denunciadas en el procedimiento seguido ante la Audiencia Nacional por los hechos ocurridos ante el Parlamento de Cataluña el pasado mes de junio, habían comparecido voluntariamente para ponerse a disposición del Juzgado en funciones de Guardia de Barcelona, en espera de instrucciones del Juzgado Central de Instrucción núm. 6 de Madrid. En una actuación totalmente injustificada y desproporcionada, una cincuentena de agentes antidisturbios del cuerpo de Mossos irrumpieron en la Ciudad de la Justicia, fuertemente armados y dotados de vestimenta que impedía su identificación, y procedieron a la detención de las 6 personas que se encontraban en dependencias judiciales.

Mientras se practicaba esta actuación policial, los abogados designados por los denunciados y los periodistas presentes fueron retenidos e impedidos de ejercer sus funciones profesionales por parte de las fuerzas policiales durante un periodo de tiempo no inferior a 20 minutos.

Esta actuación policial no es solamente desproporcionada e injustificada, sino que también raya el absurdo más manifiesto. No es explicable que se practicara la detención de unas personas, con la excusa de ponerlas a disposición judicial como imputados, precisamente cuando éstas ya habían comparecido voluntariamente a presencia judicial y habían manifestado por escrito, asistidos por sus abogados, que se ponían a disposición del Juzgado Instructor competente, a la espera de sus decisiones.

Por otra parte, hemos de señalar la ilegalidad del procedimiento seguido, ya que la irrupción en sede judicial se produjo sin el conocimiento ni la preceptiva autorización de la Jueza Decana de Barcelona (artículos 547 y 564 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), así como de las normas de procedimiento en materia de detención contenidas en los artículos 486 y 487 y concordantes de la misma.

Por último, debemos denunciar la posible vulneración de derechos fundamentales derivados de la retención ilegal de abogados y periodistas, que en el supuesto de los primeros afecta directamente al ejercicio del derecho de defensa de sus representados, así como la posible vulneración del derecho a la libertad de los imputados, que fueron detenidos de manera totalmente irregular.

Por todo ello,

Reclamamos del Departamento de Interior de la Generalidad de Cataluña:

1. Que abra una investigación para determinar las posibles vulneraciones denunciadas.

2. Que se identifique a qué nivel del mando del cuerpo de Mossos se tomó la decisión de actuar en la forma expuesta.

3. Que en virtud del resultado de las anteriores investigaciones, se depuren las responsabilidades que procedan.









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