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España, ante el Comité de los Derechos del Niño de la ONU

El pasado 15 de septiembre España fue examinada sobre la situación de los derechos humanos de los menores, ante el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas

Miércoles, 3 de noviembre de 2010

El Comité de los Derechos del Niño, formado por un grupo de expertos independientes, es quien vela por la aplicación de la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas y es a quien los Estados deben informar sobre la manera en que estos derechos se hacen efectivos en sus territorios. Para ello, los 193 Estados que han ratificado este tratado deben presentar periódicamente informes que son examinados por los miembros del Comité. A partir de este examen, el Comité realiza una serie de recomendaciones, llamadas Observaciones Finales, donde se recogen todos los motivos de preocupación y sugerencias para la mejor implementación de la Convención.

El 15 de septiembre fueron examinados los Informes Periódicos 3 y 4 presentados por España. También se analizó la información aportada por varias ONG agrupadas en la Plataforma de Organizaciones de Infancia, quienes presentaron un informe complementario. A partir de este examen, el Comité de los Derechos del Niño elaboró sus Observaciones Finales.

En este documento final se valoran ciertos aspectos positivos, como la implementación del primer Plan Estratégico de Infancia y Adolescencia (2006-2009), o la última reforma del Código Penal, que amplía el ámbito del delito de utilización de niños en la pornografía y que tipifica como delito el acoso sexual cibernético. Pero también se destacan varios motivos de preocupación.

Considerando la grave crisis económica que afecta al Estado, con una tasa de desempleo de mas del 20 % y con un 25 % de niños que viven en la pobreza o en peligro de sumirse en ella, preocupa al Comité la falta de información acerca de las partidas presupuestarias asignadas a la infancia tanto a nivel estatal como autonómico. También le preocupa la situación de los niños de familias afectadas por la crisis económica, que necesitan medidas sociales afirmativas, en particular familias de origen extranjero y monoparentales. Por ello, recomienda a España que “refuerce el sistema de prestaciones familiares y por hijo para apoyar a los padres y los niños en general y que preste apoyo adicional a las familias monoparentales, las que tienen muchos hijos y aquellas cuyos padres están desempleados”.

En este informe recibe una especial atención del Comité la situación de los menores extranjeros no acompañados. Se trata de niños y niñas con menos de 18 años que llegan a España sin sus familias y que en muchos casos son tratados como extranjeros y no como menores. En concreto, preocupa al Comité las repatriaciones de estos menores en los siguientes aspectos. Por un lado, los métodos utilizados para determinar la edad de los niños no acompañados, que varían de una comunidad autónoma a otra. Por otro lado, en cuanto a los procesos de repatriación forzada, los malos tratos infligidos por la policía, el uso de procedimientos que no reúnen las mínimas garantías necesarias (como el acceso a un abogado, servicios de interpretación, el examen del interés superior del niño y el respeto de su derecho a ser oído) o la entrega de estos niños no acompañados (en particular marroquíes) a las autoridades fronterizas y no a los servicios sociales del país de origen, lo que puede dar lugar a nuevos malos tratos y la privación de la libertad por parte de las fuerzas de seguridad y las autoridades fronterizas. El Comité señala que las autoridades españolas no cumplen con su obligación de proporcionar a los niños no acompañados la autorización de residencia temporal a la que tienen derecho por ley, a causa de los retrasos en su solicitud por el Ministerio de Sanidad y Política Social. Finalmente, destaca las deficientes condiciones de alojamiento y las situaciones de descuido en los centros de emergencia situados en las Islas Canarias y especialmente en Ceuta. Por todo ello, el Comité recomienda a España que “a) Adopte todas las medidas necesarias para evitar los procedimientos irregulares en la expulsión de niños no acompañados; b) Establezca centros de acogida apropiados para los niños; c) Se coordine con los gobiernos de los países de origen, especialmente el de Marruecos, para que los niños repatriados sean devueltos a familiares dispuestos a cuidar de ellos o a un organismo de asistencia social adecuado; d) Elabore un protocolo uniforme para la determinación de la edad; e) Garantice que, una vez hecha la identificación, se analicen las circunstancias de cada niño no acompañado, teniendo en cuenta el interés superior del niño y su derecho a ser oído; f) Proporcione a los niños no acompañados información sobre los derechos que los asisten en virtud de la legislación española y del derecho internacional, incluido el derecho a solicitar asilo; g) Vele por una adecuada coordinación territorial entre el Gobierno central y las administraciones autonómicas y locales, así como con las fuerzas de seguridad; h) Mejore las condiciones en los centros de emergencia de las Islas Canarias y los enclaves españoles; i) Proporcione capacitación sobre el asilo y las necesidades específicas de los niños al personal que trate con niños no acompañados, como los funcionarios encargados de las solicitudes de asilo y la policía y los funcionarios de fronteras, que pueden ser los primeros en entrar en contacto con los niños que necesitan protección”.

Otro motivo de preocupación del Comité es el de los menores con trastornos de conducta internados en centros financiados por administraciones públicas. En muchos casos, los menores entran en estos centros sin orden judicial -a pesar de que en muchos casos son privados de la libertad- y sólo con la autorización de sus padres, que no pueden hacerse cargo de ellos. El Comité señala que España falla en los criterios y procedimientos para el ingreso de los niños y niñas en estos centros por lo que pide que, además de desarrollar una normativa, los niños sólo puedan ser ingresados con la autorización de un juez y tras haber respetado su derecho a ser oído.

Este informe vuelve a dejar en evidencia las asignaturas pendientes en cuanto a la situación de la infancia en España. Una vez más hay que señalar que, tal como establece la Convención sobre los Derechos del Niño, el “interés superior del menor” es el principio que debe guiar todas las políticas de Estado relativas a la infancia, tanto nacional como extranjera. Esperamos que todas estas observaciones sean recogidas y que en el próximo informe, que deberá presentarse antes del 1º de octubre de 2015, podamos constatar que las autoridades han dado los pasos necesarios para mejorar la situación de la infancia en España.

Descargas
Informes tercero y cuarto de España ante el Comité de Derechos del Niño (1,17 MB)
Observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño a los informes tercero y cuarto de España (159,88 KB)
Informe de la Plataforma de Organizaciones de Infancia de España (5,25 MB)
Enlaces relacionados
Committee on the Rights of the Child
Plataforma de Organizaciones de Infancia

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