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Incidencia | Viernes, 27 de febrero de 2015
Para los expertos estos cambios legisltativos limitan el ejercicio a la libertad de reunión y manifestación pacífica y también a al libertad de expresión
En el comunicado se hace evidente el temor de los expertos en relación con la falta de garantías de respeto por los derechos fundamentales y las libertades públicas de los individuos, que supone la reforma legislativa del Código Penal para los delitos de terrorismo y de desórdenes públicos y la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, más conocida como “Ley Mordaza”.
Para los expertos, estos cambios legislativos, son con gran probabilidad, una respuesta a las manifestaciones que se han venido sucediendo en España, en respuesta a las políticas del Gobierno, que no buscan otra cosa que limitarlas, vulnerando así el ejercicio a la libertad de reunión y manifestación pacífica así como de libertad de expresión, ambos recogidos en tratados internacionales.
En el caso de la reforma del Código Penal, se señala que el texto incluye definiciones muy amplias y poco concretas, que dan vía libre a la aplicación arbitraria de la ley por parte de las autoridades. Por ejemplo se tipifica como circunstancia agravante, que una serie de delitos se cometan en una reunión numerosa, por lo que lo que se pretende es aumentar las penas en casos de manifestaciones. Además señalan que esta ambigüedad en la redacción también podría suponer la criminalización de la mera convocatoria de una manifestación.
Indefinición que también aparece en el apartado de los delitos de terrorismo, al penalizarse la “incitación, enaltecimiento o justificación del terrorismo”, sin más redacción que esta, por lo que se podrían dar casos de restricciones del ejercicio a la libertad de expresión de o de castigo de conductas no constitutivas de actuaciones terroristas.
La Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, en palabras del Relator Maina Kiai, lo que supone es una vulneración de la “esencia del derecho de manifestación pacífica pues penaliza una amplia gama de actos y conductas esenciales para el ejercicio de este derecho fundamental, limitando marcadamente el ejercicio del mismo”. Pero además, las disposiciones de esta ley también permiten las “devoluciones en caliente” de personas en peligro de ser torturadas en sus países de origen.
Lo que los expertos independientes de la ONU piden y esperan, es que el Gobierno no siga adelante con estas reformas legislativas, que vulneran claramente estándares internacionales de derechos humanos y que se adopten las medidas necesarias que garanticen los derechos y libertades fundamentales.
Los Relatores que firman el comunicado son Maina Kiai; relator sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y asociación, David Kaye; relator sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, Ben Emmerson; relator sobre la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo, François Crépeau; relator sobre los derechos humanos de los migrantes y Michel Forst; relator sobre la situación de las y los defensores de derechos humanos.
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