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Cuándo:
Del 6 de mayo al 1 de julio del 2022, 10:00
Dónde:
Envío por correo electrónico a 7congreso@redtiempodelosderechos.com
Cuándo:
30 de junio del 2022, 13:00
Dónde:
Geneva Press Club, Espace Attic | Domaine de Penthes, Chemin de l’Impératrice 18, CH – 1292 Pregny-Chambés
Cuándo:
14 de julio del 2022, 11:30
Dónde:
Universidad de Alicante | Sala de Juicios de la Facultad de Derecho
Tu granito de arena
En el IDHC trabajamos para hacer avanzar la historia de los derechos humanos. Una historia en la que todas y todos nosotros tenemos un papel que desempeñar.
Formación | Del 21 al 23 de mayo del 2008
6º Seminario taller de la Carta de Derechos Humanos Emergentes
El desarrollo de los derechos LGTB (Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales) en el régimen internacional de los derechos humanos es fundamental para lograr la protección efectiva de los derechos de este colectivo. En efecto, el colectivo LGTB reivindica la necesidad de reconocer legal y socialmente su dignidad - tanto individual como colectiva - y la eliminación de las legislaciones que restringen sus derechos.
La protección y garantía de los derechos humanos del colectivo LGTB (lesbianas, gays, transexuales y bisexuales) son también objeto de la DUDHE. Las cuestiones de orientación sexual e identidad de género en la Declaración de los Derechos Humanos Emergentes se contemplan del siguiente modo:
Principio de género. Integra una dimensión de género que busca posicionar los derechos de las mujeres, y los reconoce tanto desde una perspectiva de discriminación positiva como desde su necesaria inclusión transversal en todo el entramado de esta Declaración de Derechos. Reivindica asimismo el reconocimiento a la diversidad sexual y la dimensión de género desde la masculinidad.
Título I. Derecho a la democracia igualitaria
Artículo 4
Derecho a la igualdad de derechos plena y efectiva. Todos los seres humanos y toda comunidad tienen derecho a la igualdad de derechos plena y efectiva.
Este derecho humano fundamental comprende los siguientes derechos:
1. El derecho a la igualdad de oportunidades, que reconoce los derechos contenidos en esta Declaración sin ningún tipo de discriminación por razón de raza, etnia, color, género u orientación sexual, características genéticas, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, pertenencia a una minoría, fortuna, nacimiento, discapacidad, edad, o cualquier otra condición.
Para la realización de la igualdad, se tomará en consideración la existencia y superación de las desigualdades de hecho que la menoscaban, así como la importancia de identificar y satisfacer necesidades particulares de grupos humanos y comunidades, derivadas de su condición o situación, siempre que ello no redunde en discriminaciones contra otros grupos humanos.
Título III. Derecho a la democracia paritaria
Artículo 6
Derecho a la democracia paritaria. Mujeres y hombres tienen derecho a la democracia paritaria.
Este derecho humano fundamental comprende los siguientes derechos:
1. El derecho a la igualdad, que significa que las mujeres en todas las sociedades sin excepción, tienen derecho a la igualdad de status jurídico, político, económico, social, laboral y cultural en relación con los hombres. El principio de igualdad favorece la adopción de medidas preferentes de protección a favor de las mujeres en los planos local, nacional e internacional.
2. El derecho a la autodeterminación personal y la diversidad y autonomía sexual, que reconoce a toda persona el derecho a ejercer su libertad y orientación sexual, así como a la adopción de infantes, sin discriminación.
5. El derecho a la salud reproductiva, que reconoce los derechos sexuales y reproductivos de toda persona y el derecho de hombres y mujeres a la tutela de la paternidad y la maternidad, incluida la que tiene lugar fuera del matrimonio. Toda mujer tiene derecho a acceder a servicios de salud reproductiva, ginecológica y obstetricia de calidad, así como al goce de la plena sexualidad.
General.
David Montero, responsable de relaciones internacionales de la Federación Estatal de LGTB
Guillem Cano, jurista del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Marc Llombart, presidente de la asociación Sinvergüenza
Datos prácticos
Fecha
Del 21 al 23 de mayo del 2008
Tipo
Presencial
Lugar
Institut de Drets Humans de Catalunya